Crónica
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos para transformación, que regirá durante las campañas 2026/2027, 2027/2028 y 2028/2029. La homologación se produce tras la solicitud de la Asociación Interprofesional de Limón y Pomelo, AILIMPO.
La homologación del contrato-tipo de compraventa de pomelos para transformación supone un paso importante para la regulación del sector. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha dado el visto bueno a la solicitud presentada por la Asociación Interprofesional de Limón y Pomelo, AILIMPO, tras comprobar que se cumplen los requisitos previstos en la Ley 2/2000 y el Real Decreto 686/2000.
El contrato-tipo, que regirá durante las campañas 2026/2027, 2027/2028 y 2028/2029, establece las condiciones para la compraventa de pomelos con destino a transformación. La homologación tiene un período de vigencia desde el 1 de septiembre de 2026 al 31 de agosto de 2029.
La medida afecta a los productores y comercializadores de pomelos, que deberán ajustarse a las condiciones establecidas en el contrato-tipo. La Asociación Interprofesional de Limón y Pomelo, AILIMPO, ha trabajado para lograr esta homologación, que busca mejorar la transparencia y la seguridad en el sector.
La homologación del contrato-tipo de compraventa de pomelos para transformación es un ejemplo de la regulación del sector agroalimentario en España. La medida busca proteger los intereses de los productores y comercializadores, y garantizar la calidad y la seguridad de los productos.
A quién afecta
- Productores de pomelos
- Comercializadores de pomelos
- Asociación Interprofesional de Limón y Pomelo, AILIMPO
Texto íntegro del BOE desplegar
Vista la solicitud de homologación del contrato-tipo de compraventa de pomelos para transformación, formulada por la Asociación Interprofesional de Limón y Pomelo, AILIMPO, cumpliéndose los requisitos previstos en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y en el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento y de conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General de Alimentación, dispongo: parrafo Primero. articulo Se homologa, según el régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y en el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento, el contrato-tipo de compraventa de pomelos para comercialización para transformación que regirá durante las campañas 2026/2027, 2027/2028 y 2028/2029, cuyo texto figura en el anexo de esta orden. parrafo Segundo. articulo El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será el correspondiente a las campañas 2026/2027, 2027/2028 y 2028/2029, desde el 1 de septiembre de 2026 al 31 de agosto de 2029. parrafo Madrid, 8 de mayo de 2026.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades. parrafo_2 ANEXO anexo_num Contrato de compraventa de pomelos con destino a su transformación anexo_tit frame B2026_08332.pdf /datos/imagenes/disp/2026/130/11564_17035978_1.png 2061 2776 imagen frame B2026_08332.pdf /datos/imagenes/disp/2026/130/11564_17035978_2.png 2061 2776 imagen frame B2026_08332.pdf /datos/imagenes/disp/2026/130/11564_17035978_3.png 2061 2776 imagen frame B2026_08332.pdf /datos/imagenes/disp/2026/130/11564_17035978_4.png 2061 2776 imagen frame B2026_08332.pdf /datos/imagenes/disp/2026/130/11564_17035978_5.png 2061 2776 imagen frame B2026_08332.pdf /datos/imagenes/disp/2026/130/11564_17035978_6.png 2061 2776 imagen frame B2026_08332.pdf /datos/imagenes/disp/2026/130/11564_17035978_7.png 2061 2776 imagen frame B2
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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