Crónica
El Ministerio de Agricultura cambia la denominación de variedades incluidas en el Registro de Variedades Comerciales, como la variedad de algodón 'Enalia' que pasa a llamarse 'A1083273', con efectos a partir del día siguiente a su publicación en el BOE.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado una orden que modifica la denominación de varias variedades incluidas en el Registro de Variedades Comerciales. Una de las variedades afectadas es la de algodón 'Enalia', que a partir de ahora se llamará 'A1083273'. Esta decisión se ha tomado de acuerdo con el artículo 56, apartado 2 del Reglamento General del Registro de Variedades Comerciales.
La información sobre los cambios de denominaciones se puede encontrar en la Subdirección General de Medios de Producción Agrícola y Oficina Española de Variedades Vegetales. La orden surtirá efectos el día siguiente a su publicación en el BOE.
Esta decisión agota la vía administrativa y contra ella se puede recurrir en reposición ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, o directamente ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.
El cambio de denominación puede tener implicaciones para los productores y comercializadores de estas variedades, que deberán adaptarse a los nuevos nombres. Sin embargo, no se prevén cambios significativos en la producción o comercialización de estas variedades.
A quién afecta
- Productores de algodón
- Comercializadores de variedades vegetales
Texto íntegro del BOE desplegar
De conformidad con lo establecido en el artículo 56, apartado 2 del Reglamento General del Registro de Variedades Comerciales, aprobado mediante el Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero, resuelvo: parrafo Algodón «Enalia», pasa a denominarse «A1083273». parrafo_2 La información relativa a los cambios de denominaciones se encuentra en la Subdirección General de Medios de Producción Agrícola y Oficina Española de Variedades Vegetales. parrafo_2 La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». parrafo La presente orden agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra ella podrá recurrirse, potestativamente, en reposición, ante el Sr. Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en tenga lugar su publicación o ser impugnada, directamente ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contado desde el día siguiente al de su publicación. parrafo Debe advertirse que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, si éste se hubiera interpuesto. parrafo Madrid, 26 de junio de 2026.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación. P. D. (Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre), la Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, Ana Rodríguez Castaño. parrafo_2
Noticias relacionadas
Lo que se ha movido en este patrón
Normas semánticamente similares
Otras normas que tratan lo mismo
No son cita ni dependencia explícita — son disposiciones que el modelo encuentra similares por contenido. Útil para detectar regulaciones convergentes en el mismo dominio.
Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
La Vigencia · Boletín diario
Recibe cada mañana las novedades que te afectan
Disposiciones del BOE y EUR-Lex resumidas en castellano, con su impacto, cada mañana laborable. Sin tarjeta, cancela cuando quieras.